¿Qué es?
Periodo de reingreso (PR): Es el tiempo que debe transcurrir entre la aplicación y el ingreso de personas al área donde el producto fue aplicado.
Periodo de carencia (PC): Es el tiempo que debe transcurrir entre la aplicación y la cosecha del producto.
¿Por qué se deben respetar los periodos de carencia y reingreso?
El periodo de carencia y el periodo de reingreso se deben respetar porque los agroquímicos presentan sustancias toxicas, que al ser aplicadas sobre un alimento pueden ocasionar intoxicación durante su consumo, al inhalar el producto químico o al tener contacto con la piel. Por esta razón cada producto tiene un periodo de carencia y reingreso que permite asegurar que, durante el transcurso de determinado tiempo, el producto químico aplicado ya no genera ningún tipo de toxicidad.
¿Qué debe hacer el aplicador de agroquímicos?
Cada vez que realice alguna aplicación de agroquímicos en un lote, debe registrar en los avisos de los lotes el producto aplicado, la fecha de aplicación, la fecha de reingreso y el periodo de carencia (Ver imagen 6). De igual manera en el formato de aplicación de agroquímicos se debe registrar lo mencionado anteriormente, la maquinaria utilizada, cantidad de producto usado y demás aspectos que se crean necesarios.